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EL GRUPO DE ACCION FINANCIERA DEL CARIBE

INFORME ANUAL

1998-1999

ÍNDICE DE MATERIA:

RESUMEN - ACTA DE ENTENDIMIENTO DEL GAFIC - PROGRAMA DE EVALUACION MUTUA DEL GAFIC - PROGRAMA CONTRA EL LAVADO DE DINERO - DE LA REGION DEL CARIBE - PERSONAL - PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO - PROGRAMA DE TRABAJO 1998 – 1999 - RELACIONES EXTERNAS - INFORMES DE EVALUACION MUTUA - CONCLUSIONES

RESUMEN

Al tiempo que los Estados Miembros del Grupo de Acción Financiera del Caribe se preparan para la llegada del nuevo milenio, los logros alcanzados durante el quinto año de operaciones, bajo el dinámico liderazgo del Presidente Honorable George A. McCarthy, O.B.E. J.P., Secretario Financiero, Gobierno de las Islas Caimán, aportan una buena dosis de entusiasmo y confianza para mantener el prestigio que ya caracteriza a la región como un respetado y profundamente comprometido colega en la lucha internacional contra el tráfico de drogas y el lavado de dinero.

Durante 1998 -1999 varios Grupos de Trabajo que recibieran el mandato de revisar aspectos de nuestras políticas y programas en varios frentes llevaron a cabo y culminaron sus respectivas tareas. La V Reunión del Consejo de Ministros aprobó varias recomendaciones sobre los siguientes tópicos:

1)      Programa de Evaluación Mutua y Procedimientos           

2)      Marco de trabajo político para la aplicación de sanciones con respecto a la Sección VII 4 (x) del Acta de Entendimiento y la Recomendación 21 del GAFI, y

3)      Necesidad de enmendar las 19 Recomendaciones del GAFIC sobre la base de la revisión efectuada a las 40 Recomendaciones del GAFI en junio de 1996.

El terreno está preparado ya para pasar a la acción, utilizar innovaciones y en consecuencia cosechar éxitos ininterrumpidamente.

El mecanismo de monitoreo del Programa de Evaluación Mutua resulta esencial en nuestro trabajo. Los procedimientos para la evaluación mutua que están en vigor en este momento, cuya última revisión ocurrió en noviembre de 1998, relacionada con la definición del examinador de evaluación mutua, han sido ampliados y puestos a prueba con el fin de acortar el periodo de tiempo que transcurre entre la culminación de la Visita de Evaluación Mutua y la aprobación del Informe por el Consejo de Ministros como documento final. 

Sin lugar a dudas los cambios en los procedimientos han demostrado su validez, tal y como se constató en las evaluaciones de Jamaica y las Islas Vírgenes Británicas. 

El hecho de que el Programa Contra el Lavado de Dinero en la Región del Caribe pueda contar con estos Informes reviste una importancia inmensa. Este Programa, financiado por la Comisión Europea/CARIFORUM, los Estados Unidos de América y el Reino Unido, está diseñado para satisfacer las necesidades que confronten los Estados Miembros en cuanto a ayuda técnica y entrenamiento. De ahí que la información actualizada que contienen estos Informes de Evaluación Mutua, la cual estará a la disposición del Equipo del Programa desde el inicio de su funcionamiento, sin duda alguna llegará justo a tiempo.

En el transcurso de la ejecución del Programa de Trabajo de 1998-1999, se discutieron en las Plenarias siete Informes de Evaluación Mutua, los cuales recibieron la aprobación del Consejo de Ministros del GAFIC. El Calendario de visitas, de acuerdo con el mandato emitido por el II Consejo, marcha según lo previsto, una vez que nos encaminamos hacia la culminación de la primera ronda de evaluaciones, lo que tendrá lugar durante el próximo sexto año de operaciones.

El éxito en este frente depende, y no en pequeña medida, de la disponibilidad en los Estados Miembros de una amplia fuente de expertos que cumplan el papel de Examinadores de Evaluación Mutua. En este sentido hay que decir que el Taller de Entrenamiento a los Examinadores de la Evaluación Mutua, celebrado en mayo de 1999 con el patrocinio del Gobierno de Francia, le ha permitido a la Secretaría contar en este momento con los servicios de 46 expertos más debidamente entrenados.

La fuente de sustento del GAFIC radica en los fondos de que dispone la Secretaría a partir de las contribuciones que entregan cada año los Estados Miembros, y de la ayuda de las hermanas Naciones Cooperadoras y Auspiciadoras, con lo cual es posible llevar a cabo el Programa de Trabajo anual del Presidente.

Durante 1998-1999, a la misma vez que se felicita a aquellos Miembros que pagaron a tiempo su contribución, hay que decir que el incumplimiento en la entrega de las contribuciones anuales en la fecha establecida, así como la liquidación de las sumas pendientes, a pesar de los permanentes esfuerzos que hiciera el Presidente McCarthy y la Secretaría, constituyó un motivo de preocupación constante.

 Durante las deliberaciones sostenidas para rectificar esta grave situación, se abordó el tema de la adherencia por parte de algunos Miembros a los compromisos contraídos con relación a los ideales expresados en la Declaración de Kingston, y si era ya tiempo o no para retirarle la condición de Miembro a aquellos Estados que han demostrado un carácter dilatorio y recalcitrante en sus acciones.

El Acta de Entendimiento del GAFIC deja sentada la necesidad de proteger el bienestar económico, social y político de la región.

En este sentido, con el objetivo de mantenerse al tanto de la actividad que desarrollan los elementos delictivos, se efectuó un Ejercicio Tipológico sobre el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego y su Impacto en el Tráfico de Drogas y el Lavado de Dinero en la Región.

Posteriormente, teniendo en cuenta la creciente importancia del sector de servicios financieros internacionales para las economías de la mayor parte de los Países Miembros que integran el GAFIC, se creó un Grupo de Trabajo cuya tarea era estudiar las implicaciones para la región de la Iniciativa del G-7 y del trabajo del Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCED).

Con el fin de garantizar que el marco de trabajo regulador y de supervisión del sector de Servicios Financieros Internacionales de los Estados Miembros del GAFIC se corresponda con los patrones adecuados aceptados internacionalmente, se ha iniciado la realización de gestiones preliminares para celebrar una Conferencia en la que se aborden todos los aspectos de este sector. La Secretaría está trabajando para ubicar patrocinadores, ponentes y el lugar apropiado donde celebrar esta importante actividad.

 Por último, durante este año hubo cambios en el personal Ejecutivo de la Secretaría. El 28 de febrero de1999 el Sr. A. Carlos Correa, quien fungió en calidad de Director Ejecutivo desde el 29 de enero de 1997 hasta el 28 de febrero de 1999, regresó al Departamento del Tesoro del Gobierno de los Estados Unidos.

El 1ro. de marzo de 1999 el Sr. Calvin E.J. Wilson comenzó a ejercer sus funciones como Director Ejecutivo y el Sr. Pierre LAPAQUE, enviado en prestación de servicios por el Gobierno de Francia, inició el trabajo que desplegará como Vicedirector por un período de tres años.

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EL ACTA DE ENTENDIMIENTO DEL GAFIC

MEMBRESIA

Al igual que a finales del cuarto año de operaciones, durante 1998-1999 la membresía del GAFIC siguió estando integrada por 25 componentes.

Tanto Guatemala como Guyana han estado participando en las actividades del GAFIC desde su mismo inicio pero no han sido incluidas en la lista de Miembros. Guatemala fue uno de los veintidós países que firmaron el Acta de Entendimiento cuando la reunión del Consejo celebrada en Costa Rica en 1997 concluyera este documento como final, solo que más tarde surgieron ciertos problemas que apuntaron al hecho de que dichos países no habían suscrito este documento formal y apropiadamente.

Guyana no estuvo representada debido a otros compromisos ineludibles, con lo cual la Secretaría recibió posteriormente la orientación del Consejo de viajar a ese país para asegurar su suscripción.

La Secretaría, durante 1998-1999, trató de encontrar indicios para confirmar si estos dos países estaban aún interesados o no en re-incorporarse como Miembros, y siguiendo instrucciones recibidas del Consejo de Ministros se espera que continúe haciendo esfuerzos en esta misma dirección durante 1999-2000.

SECCION VII 4 (x)

En el IV Consejo, efectuado entre el 19 y el 20 de noviembre de 1998 en las Islas Caimán, se expresó la preocupación sobre la falta de participación en los asuntos del GAFIC por parte de algunos Miembros, lo cual contraviene la Sección X 1 del Acta de Entendimiento, que dice: Cada Miembro estará representado en la Plenaria por un funcionario senior. 

A la luz de esta inquietud se emitió el mandato de crear un Grupo de Trabajo que analizara este tema y el incumplimiento de algunos Miembros en el pago a tiempo de sus contribuciones anuales, e informar sobre todo ello a la VIII Plenaria.

El Grupo de Trabajo, compuesto por Barbados, las Bahamas, la República Dominicana y las Antillas Neerlandesas, sostuvo sus deliberaciones con la Secretaría actuando como coordinadora, tras lo cual recomendó que debía adoptarse la política sobre la aplicación de sanciones con respecto a la Sección VII 4 (x) del Acta de Entendimiento y la Recomendación 21.

El V Consejo apoyó enérgicamente ambas recomendaciones. Ver Anexos.

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PROGRAMA EXTENSIVO DE ATENCION

La Secretaría, en su programa extensivo de atención, logró el éxito con la participación de Venezuela en la IX Plenaria. Tanto el Dr. Pedro Andrés Rojas como el Sr. Francisco Odreman  fueron testigos de una calurosa bienvenida.

El Vicedirector del GAFIC, Pierre LAPAQUE, hizo un viaje de dos días en agosto de 1999 y se reunió con la Dra. Mildred Camero, Presidenta de la Comisión Nacional Antidrogas, y con el Sr. Pedro Andrés Rojas, Coordinador de la Comisión Contra el Lavado de Dinero.

Gracias a este viaje, además de asegurar la presencia de Venezuela en la Plenaria, la Secretaría pudo concretar las gestiones para la realización de la Evaluación Mutua de este país, la cual debía haber tenido lugar entre el 9 y el 13 de agosto, pero ha sido transferida para el mes de noviembre de 1999, entre el 8 y el 12.

Otra faceta del programa de atención extensiva de la Secretaría ha sido la vinculación nuevamente de Colombia a la organización, país que se mantuvo participando en las reuniones del GAFIC desde el inicio de sus actividades. El III Consejo efectuado en Barbados tomó nota del hecho de que Colombia no había firmado el Acta de Entendimiento. Parecería que las leyes internas de Colombia prohiben su suscripción a un Acta de Entendimiento como el del GAFIC, documento que no se ajusta a los tratados internacionales que rigen jurídicamente el establecimiento de organizaciones internacionales, creando obligaciones de financiamiento y de otro tipo para los gobiernos firmantes.

Más adelante se analizó la importancia de Colombia para la región y, con el fin de salvar este impedimento legal, el Consejo aprobó una nueva política según la cual cualquier país, tras la invitación del Presidente, puede pasar a formar parte del GAFIC como nación Observadora, sujeta a la realización de una evaluación mutua positiva.

Con la orientación del Consejo, la Presidencia de aquel entonces extendió una invitación a Colombia para que se uniera al GAFIC como Observadora y para que concluyera las gestiones con vistas a la realización de su Evaluación Mutua, planificada tentativamente para el 11-15 de enero de 1999. No se ha recibido ninguna respuesta por parte de este país, pero la Secretaría continuará trabajando para confirmar si la invitación lanzada por el III Consejo será aceptada o no.

Los esfuerzos para lograr que Nicaragua se vincule nuevamente a la organización continuarán desplegándose, especialmente teniendo en cuenta que su Evaluación Mutua debía haberse realizado en el mes de noviembre de 1998, del 9 al 13. Esta evaluación ha sido planificada nuevamente del 18 al 22 de septiembre del 2000, pero aún debe recibirse la confirmación sobre esta nueva fecha.

Una de las tareas fundamentales de la Secretaría es lograr la participación activa de cada Miembro en todos y cada uno de los aspectos que conforman los asuntos de la Organización. Al mismo tiempo la Secretaría está procurando garantizar que los grupos de habla holandesa, inglesa y española estén plenamente representados en todas las actividades del GAFIC. Es por ello que los países que se mencionan a continuación actuaron durante 1999 como Interlocutores dentro del marco de trabajo de la evaluación mutua.

Informe de Evaluación Mutua: Interlocutor                                            

San Cristóbal y Nieves Venezuela Belice
Jamaica    -  Costa Rica
Santa Lucía   -   Aruba
Islas Turcas y Caicos Panamá    Antigua y Barbuda
Bermuda Granada República Dominicana 
Antigua y Barbuda            Jamaica   Antillas Neerlandesas  
Islas Vírgenes Británicas Anguila San Vic. y las Granadinas
San Vic. y las Granadinas Barbados Anguila
Dominica Granada Bahamas

La Secretaría continuó trabajando junto a la Secretaría del GAFI para lograr la admisión de México como Nación Cooperadora y Auspiciadora. El próximo paso, una vez que México ha sido aceptado como Observador dentro del GAFI, sería la culminación de las gestiones correspondientes, tanto por parte del GAFI como del GAFIC, para la realización de la Evaluación Mutua de este país.

Todos los Miembros del GAFIC esperan que México contribuya positivamente para finalizar la realización de todas las formalidades establecidas.

 

PROGRAMA DE EVALUACION MUTUA DEL GAFIC

El Programa de Evaluación Mutua constituye uno de los pilares fundamentales a través del cual se puede monitorear la implementación efectiva por parte de los Miembros de las 19 Recomendaciones del GAFIC, las 40 Recomendaciones del GAFI y las obligaciones contraídas con la Declaración de Kingston.

El Programa está diseñado para reconocer debidamente cuándo se cumple con los parámetros establecidos e identificar, al mismo tiempo, las debilidades que puedan existir, haciendo las recomendaciones que sean apropiadas para rectificar la situación.

El II Consejo en Costa Rica emitió el mandato a todos los Miembros de efectuar sus evaluaciones mutuas antes de que finalizara el año 2000, razón por la cual se diseñó un calendario de visitas. Ver Anexo.

 

VISITAS DE EVALUACION

Hasta la fecha las Evaluaciones Mutuas se han realizado, en su gran mayoría, de acuerdo con el calendario confeccionado, excepto algunos Miembros que solicitaron durante 1998-1999, por diversas razones, la posposición de sus visitas, como es el caso de Nicaragua, San Cristóbal y Nieves y Venezuela.

San Cristóbal y Nieves recibió su evaluación del 22 al 26 de febrero de 1999. La evaluación de Nicaragua está planificada para los días 18 al 22 de septiembre del 2000, aunque aún queda por confirmar esta nueva fecha, y Venezuela recibirá su visita de evaluación en el mes de noviembre de 1999, del  8 al 12.

En la IX Plenaria se discutieron los Informes de Evaluación Mutua de San Vicente y las Granadinas, Antigua y Barbuda, Bermuda, Santa Lucía y Jamaica. En la X Plenaria, por su parte, se pasaron a discutir los Informes de Evaluación Mutua de las Islas Turcas y Caicos y el de las Islas Vírgenes Británicas.

En la XI Plenaria está planificado el análisis de los Informes de Dominica y de San Cristóbal y Nieves.

El Programa de Evaluación Mutua marcha según lo previsto y continúa cobrando ímpetu.

 

SEMINARIO DE ENTRENAMIENTO A LOS EXAMINADORES

Durante el III Consejo, celebrado en Barbados, se reconoció la necesidad de contar con mayor cantidad de examinadores de evaluación mutua tanto anglo como hispano hablantes. En consecuencia, el 4 y el 5 de mayo de 1999 se efectuó en Martinica, en las instalaciones de CIFAD dedicadas al entrenamiento, el Seminario de Entrenamiento para los Examinadores de la Evaluación Mutua del GAFIC, bajo los auspicios del Gobierno de Francia, quien ofreció su generoso apoyo a esta importante iniciativa.

No podemos pasar por alto el entusiasmo y eficiencia demostrados por Giles Sabatier y su equipo en la ayuda que brindaran al Vicedirector Lapaque, quien era el responsable de este ejercicio, razón por la cual  les extendemos nuestro más sincero agradecimiento.

El Secretario Ejecutivo del GAFI, el Sr. Patrick Moulette, así como los Miembros de esta misma organización, Francia, el Reino Unido, España y los Estados Unidos de América, ofrecieron un sólido apoyo compartiendo gustosos su tiempo, experiencia y pericia.

Se impone también agradecer a los Miembros del GAFIC, Bahamas, Costa Rica, Jamaica, las Antillas Neerlandesas y Trinidad y Tobago, por haber aportado como ponentes a experimentados Examinadores.

La familia del GAFIC desea expresar su gratitud por la buena voluntad y cooperación que existe entre su organización y el GAFI.

El Seminario estuvo bien concurrido, asistieron 46 delegados provenientes de 16 Miembros del GAFIC. Todos los Miembros recibieron un Folleto Informativo que contiene las presentaciones que allí se hicieron. Este Folleto fue incluido en el sobre que se envió por correo con el Acta de la IX Plenaria.

Durante el mes de noviembre de 1998, el V Consejo aprobó y amplió la definición del examinador de evaluación mutua para incluir ex-funcionarios senior con suficiente nivel de experiencia y conocimiento, de manera tal que se pudiera satisfacer la escasez, por demás reconocida, de examinadores.

Debido al nivel de participación en el Seminario, la Secretaría cuenta ahora con una fuente de examinadores mucho más amplia, con lo cual puede mirar con confianza hacia la culminación del grupo final de evaluaciones durante el año 2000 y la realización de los preparativos para la segunda ronda de evaluaciones mutuas, la que debe iniciarse a principios del 2001.

En la Evaluación Mutua de las Islas Vírgenes Británicas, efectuada en el mes de julio de 1999, uno de los participantes, Ian Carrington, Director del Departamento de Supervisión Bancaria, Central Bank of Barbados, actuó en calidad de Experto Financiero.

 

PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACION MUTUA

El Programa de Evaluación Mutua no ha transcurrido libre de dificultades, y en este sentido en la reunión del IV Consejo se expresaron preocupaciones sobre las demoras que se estaban experimentando dentro del Programa.

Por esta razón se creó un Grupo de Trabajo compuesto por las Bahamas, Barbados, Dominica, las Antillas Neerlandesas y la Secretaría, cuya tarea era analizar, entre otros:

(i)                                          las demoras que se confrontan en la presentación por los Examinadores de los informes individuales a la Secretaría, para la posterior compilación del Informe de Evaluación Mutua;

(ii)                                        el tiempo que se toman los Miembros para formular una respuesta al Informe;

(iii)                                       el hecho de que el País Examinado retrasa posteriormente la aprobación del Informe como final por parte del Consejo, con su ausencia a la reunión Plenaria donde el citado informe debía haber sido discutido.

Las deliberaciones del Grupo de Trabajo resultaron en una profunda revisión de los Procedimientos de la Evaluación Mutua, lo cual aparece en el Apéndice B.

La IX Plenaria examinó los procedimientos y con algunas enmiendas los recomendó al Consejo de Ministros, quien a su vez les otorgó la aprobación.

Hay que señalar que la Secretaría había puesto a prueba estos procedimientos en las Evaluaciones Mutuas de San Cristóbal y Nieves, Jamaica, Dominica y las Islas Vírgenes Británicas, demostrándose su utilidad a la hora de reducir las demoras que se experimentaban entre la realización de la evaluación mutua y la aprobación del Informe como documento final por parte del Consejo de Ministros.

Deben destacarse las evaluaciones de Jamaica y de las Islas Vírgenes Británicas. En el primer caso la visita tuvo lugar entre el 12 y el 16 de marzo de 1999, el Informe fue discutido en la IX Plenaria en julio de 1999 y aprobado en octubre de 1999 en la V Reunión del Consejo. Con respecto a las Islas Vírgenes Británicas la visita se efectuó entre el 26 y el 30 de julio de 1999, el Informe pasó a discusión en la X Plenaria y fue aprobado en la V Reunión del Consejo en el mes de octubre de 1999.

 

19 RECOMENDACIONES REVISADAS DEL GAFIC

El Grupo de Trabajo sobre Ejercicios Tipológicos surgió como resultado de las Recomendaciones Revisadas emitidas en junio de 1996 por el GAFI.

Tomando nota de este hecho, el Consejo de Ministros del GAFIC, reunido en Costa Rica, ordenó la realización de un Programa Tipológico para determinar los hechos y circunstancias de la actividad de lavado de dinero en los Estados Miembros del GAFIC.

Este Programa se enfocó hacia las posibilidades de la existencia de la actividad de lavado de dinero en las Instituciones Financieras Domésticas, los Casinos y la Industria de Juegos de Azar, las Finanzas Internacionales y las nacientes Tecnologías Ciberespaciales.

Sobre la base de los resultados obtenidos, el Grupo de Trabajo recomendó al GAFIC que este debía aprobar las 40 Recomendaciones Revisadas del GAFI, lo cual fue aceptado por el Consejo de Ministros.

Más adelante el Consejo emitió el mandato al Grupo de Trabajo de analizar el impacto de las Recomendaciones Revisadas en las 19 Recomendaciones del GAFIC.

En consecuencia, una vez que fueron analizadas las circunstancias y hechos particulares que se manifiestan en cada una de las naciones, el Grupo de Trabajo recomendó, y el Consejo de Ministros aprobó, la revisión de las 19 Recomendaciones del GAFIC para reflejar los cambios efectuados en las 40 Recomendaciones del GAFI. Ver Anexo.

Tanto las 19 Recomendaciones del GAFIC como las 40 del GAFI serán tomadas en cuenta desde el inicio mismo de la segunda ronda de evaluaciones mutuas que comenzará en el 2001.

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PROGRAMA CONTRA EL LAVADO DE DINERO

DE LA REGION DEL CARIBE

Este informe describe en detalle las actividades realizadas y los logros alcanzados desde que comenzara a funcionar el Programa Contra el Lavado de Dinero el 1ro. de marzo de 1999.

 

Principales Actividades llevadas a cabo

Locales de Oficina y Equipamiento

A partir de su nombramiento en marzo de 1999, una de las tareas iniciales del Administrador del Programa fue la implementación de un proyecto que concibiera la ampliación y redecoración de la oficina, en los locales del GAFIC, para acomodar el personal asignado al Programa. Además de ello hubo que definir todos los equipos de oficina necesarios para la arrancada inicial, e instalar algunos de ellos.

 

Nuevo Personal

El 1ro. de junio de 1999 se ocupó el puesto de Secretaria del Programa, tras la salida de un anuncio en los medios de prensa de Trinidad & Tobago.

La aceptación del Reino Unido de financiar el cargo de Asesor Técnico en el Cumplimiento de la Ley conllevó a una serie de anuncios distribuidos en todo el Reino Unido, tras lo cual se realizó un proceso de selección, que tuvo lugar el 1 y el 2 de marzo de 1999, y la persona escogida pasó a ocupar su puesto en Trinidad el 25 de marzo de1999 (Barnard Humphris, del Reino Unido).

Con la salida de anuncios en todo el Caribe solicitando candidatos para ocupar los cargos de Asesores Técnicos Legal/Judicial y del Sector Financiero, los paneles encargados de la selección, compuestos por donantes y representantes del GAFIC, se reunieron el 5 y 6 de julio de 1999 tomando la decisión de designar como Asesor Legal/Judicial a Fitz-Roy Drayton (de San Vicente), y como Asesor del Sector Financiero a Manuel Vásquez  (de  Belice). Se espera que ambos Asesores ocupen sus respectivos puestos durante el mes de octubre de 1999.

 

Campaña Publicitaria

Se ha desplegado un buen cúmulo de trabajo encaminado a sensibilizar a los funcionarios y organizaciones sobre las temas y objetivos del Programa Contra el Lavado de Dinero y los beneficios que se esperan alcanzar en los meses venideros. Como parte de este trabajo se pueden citar varias presentaciones formales efectuadas en, por ejemplo, la Reunión General Anual de los Comisionados de Policía del Caribe y la Conferencia Regional para los Fiscales e Investigadores Financieros.

 

Otros Programas/Agencias

Se hizo una identificación de los programas o proyectos de agencias que existían en la región y que tenían que ver con los temas del lavado de dinero. Se le otorgó un carácter esencial a la necesidad de reunirse con los Directores y Gerentes de estos programas y proyectos, para determinar la adopción de un concepto común que asegure que los aportes que cada cual haga se complementen y no que sean motivo de conflictos o confusión. Este concepto aprobado por consenso garantizaría también que los recursos que se utilicen sean aprovechados al máximo y que no se desperdicien en modo alguno.

 

Principales Resultados Preliminares

El trabajo del Grupo de Acción Financiera del Caribe está bien establecido en la región y es del dominio de toda ella. El programa de Evaluación Mutua efectuado dentro de los países tiene como objetivo hacerle ver a los funcionarios de dichos países las deficiencias y necesidades que confrontan en el área de la prevención y detección del lavado de dinero. Una vez que hayan adquirido conciencia sobre estos temas, resultará apropiado que los Asesores del Programa Contra el Lavado de Dinero visiten a los Funcionarios de los distintos países, tras la culminación de las Visitas de Evaluación Mutua, con el fin de ofrecerles su asesoría y apoyo.

Como consecuencia de los Exámenes de Evaluación Mutua efectuados recientemente en Antigua y Barbuda, San Vicente y las Granadinas, San Cristóbal y Nieves, Jamaica y Dominica, se ha planificado la realización de un curso al que se han invitado a participar representantes de los países mencionados y de Granada y Trinidad.

 

Total de Fondos Desembolsados

Debido a la demora en el comienzo del Programa, el GAFIC se mantuvo custodiando la donación del primer año del Gobierno de los Estados Unidos de América. Una vez que se lanzó el Programa, los fondos de los E.U. fueron transferidos a un nuevo fondo denominado “Programa Contra el Lavado de Dinero”, utilizando estos recursos para cumplir con todos los compromisos que se han presentado hasta el momento. 

El costo inicial estimado para el periodo que finaliza el 31 de diciembre de 1999, fue elaborado y presentado a la Delegación de la Comunidad Europea. Este fue aceptado recientemente y el primer pago trimestral ($108,990USD) fue depositado ya a la Cuenta Bancaria del Programa. Hasta la fecha no se han hecho otros gastos excepto el salario del Administrador del Programa contratado.

 

Implementación del Programa sobre el Cumplimiento de la Ley

El curso que se mencionó anteriormente sobre la lucha contra el lavado de dinero para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, ha sido programado con una duración de dos semanas, iniciándose a partir del 4 de octubre de 1999. 

La intención del curso, diseñado por el Asesor Técnico en el Cumplimiento de la Ley junto con los expertos del Reino Unido, será equipar a los participantes con un estudio teórico profundo de los temas que tienen que ver con el lavado de dinero y los métodos de detección. Seguidamente cada estudiante recibirá la posibilidad de ser asignado a una Unidad de Inteligencia Financiera para adquirir así experiencia en el trabajo práctico.

Una vez que el estudiante o los estudiantes hayan recibido este nivel de entrenamiento, los asesores en el cumplimiento de la ley, en concordancia con la voluntad de sus Gobiernos, ofrecerán su ayuda para crear unidades de inteligencia financiera en sus respectivos países. Cada estudiante, una vez que haya recibido su calificación, será registrado como un funcionario acreditado para las investigaciones sobre lavado de dinero, y al respecto se le informará a los bancos e instituciones financieras, lo cual ayudará a los funcionarios bancarios a que tengan confianza en los oficiales designados en sus respectivos países, con quienes interactuarán en las pesquisas que se realicen sobre el lavado de dinero.

Además del entrenamiento en el terreno del cumplimiento de la ley, tanto el Asesor Legal/Judicial como el del Sector Financiero, visitarán a representantes de sus respectivos Gobiernos ofreciéndole su experiencia y apoyo en sus áreas de especialización. El Asesor Legal/Judicial, además de promover las más recientes leyes y regulaciones que han demostrado ser eficaces en la prevención y detección de la actividad de lavado de dinero, ofrecerá también entrenamiento para los abogados, jueces y magistrados, manteniendo una estrecha colaboración de trabajo con la Universidad de West Indies y aquellas áreas del UNDCP relacionadas con algunos aspectos de los temas legales dentro de la problemática del lavado de dinero.

Del mismo modo el Asesor del Sector Financiero ofrecerá consejo y ayuda a los bancos e instituciones financieras, así como también a organizaciones bancarias e inspectores en materia de regulación del sector offshore, brindando también la posibilidad de grabar en video presentaciones que puedan ayudar al personal que trabaja en los bancos en la identificación de transacciones en las que se sospeche se está lavando dinero y recomendando, al mismo tiempo, los procedimientos a utilizar para hacer el reporte de dichas transacciones.

El montaje del Programa, la preparación para su puesta en práctica y la selección del Personal ha tomado algunos meses. El Programa está ya listo para brindar algunos frutos en varios aspectos, lo que deberá tener un impacto muy positivo en toda la región.

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PERSONAL

A. Carlos Correa, enviado al GAFIC en prestación de servicios por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos – FinCEN, inicialmente como Vicedirector en noviembre de 1995, asumió las funciones de Director Ejecutivo en enero de 1997.

Su periodo de prestación de servicios culminó en febrero de 1998, pero  fue extendido hasta el 28 de febrero de 1999, con el asentimiento del Gobierno de los Estados Unidos y del Consejo de Ministros del GAFIC. 

Con  la partida de A. Carlos Correa el 1ro. de marzo de 1999, Calvin E. J. Wilson, quien se había sumado a la Secretaría como Vicedirector el 8 de febrero de 1998, asumió el cargo de Director Ejecutivo.

El Sr. Pierre LAPAQUE, enviado en prestación de servicios por el Gobierno de Francia, fue designado para ocupar el cargo de Vicedirector.

El Sr. LAPAQUE llega al GAFIC con quince años de experiencia en la Policía francesa, y el último cargo que ocupó fue en Nice como Jefe del Escuadrón del Fraude en el CID de Francia.

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PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO

El Presupuesto para 1999 mantuvo el formato utilizado en años anteriores, tomando provisiones para el aumento de los costos por concepto de viajes, comunicaciones telefónicas, operaciones generales de oficina, remuneración al personal, organización de las dos Reuniones Plenarias, el Programa de Entrenamiento para los Examinadores de la Evaluación Mutua y un Ejercicio Tipológico.

En lo que a la remuneración al personal se refiere, el Presupuesto incluyó el financiamiento del cargo del Director Ejecutivo, teniendo en cuenta la partida de A. Carlos Correa, cuyo salario cubría hasta el momento el Gobierno de los Estados Unidos.

No obstante, estos costos hubo que sufragarlos solo en parte, ya que se mantuvo el fondo previamente establecido para el cargo del Vicedirector y se transfirió para cubrir la remuneración del Director Ejecutivo. Con respecto a la asignación en prestación de servicios del actual Vicedirector, los costos por este concepto los enfrenta el Gobierno de Francia.

Un problema perenne que ha tenido que enfrentar el GAFIC es el incumplimiento de los Miembros en el pago a tiempo de sus correspondientes contribuciones anuales y el nivel de sumas pendientes por cobrar. El V Consejo concluyó que el nivel de atrasos constituía un motivo de grave preocupación e instó a todos los Miembros a que cumplieran con responsabilidad las obligaciones adquiridas.

Con la ayuda del Presidente McCarthy, la Secretaría desplegó vigorosos esfuerzos para lograr una reducción en el nivel de atrasos, alcanzando cierto éxito. No obstante hay que decir que la situación no es aún, de ningún modo, digna de ser vanagloriada. La Secretaría se vio en la inusual y embarazosa posición de tener que diferir el pago de facturas y tener que considerar la posibilidad de cancelar la Evaluación Mutua de Venezuela, dado que el estado financiero de la Secretaría se podía catalogar de calamitoso, pero afortunadamente este examen fue pospuesto, a petición de este país, de agosto de 1999 a noviembre del mismo año.

Al tiempo que elogió a aquellos Miembros que realizaron sus pagos a tiempo, el Presidente McCarthy urgió a los Miembros que no habían cumplido aún con sus compromisos a que lo hicieran inmediata y urgentemente.

Canadá hizo una contribución de $13,333USD para 1999.

Hay que mencionar la generosidad demostrada por el Reino Unido quien, además de su contribución anual, entregó la suma de $16,170USD, la cual fue utilizada para modernizar los equipos computarizados de la Secretaría.

El Gobierno de Francia por su parte, a la sufragación de los costos del puesto de Vicedirector y su contribución anual de $29,000USD, añadió el pago de los gastos por traducción simultánea y transporte terrestre para los delegados durante la celebración en Martinica del Seminario de Entrenamiento a los Examinadores de la Evaluación Mutua.

El Reino de los Países Bajos contribuyó para 1999 con $30,000USD.

El Gobierno de los Estados Unidos hizo una contribución de $45,000USD para 1999.

La contribución de cada uno de los Miembros del GAFIC para 1999 quedó definida en $5193.33USD, pero el Gobierno de las Islas Caimán pagó $10,000USD y cubrió además los gastos de los recesos programados durante la IX Plenaria, efectuada en este país. Jamaica entregó la suma de $ 7660.72USD y Barbados hizo una contribución adicional para 1998 de $4520.87USD. Trinidad y Tobago, además de su contribución por año,  continua suministrando los locales donde está ubicada la Secretaría, lo cual se estima en el valor de $18,250USD anual.

No obstante, dada la creciente complejidad de la batalla en la que estamos involucrados todos y los costos para llevarla adelante, la Secretaría está procurando desarrollar fuentes de financiamientos independientes de las contribuciones de los Miembros y las COSUNs, y hay que decir que los esfuerzos en este sentido se intensificarán durante el periodo 1999-2000.

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PROGRAMA DE TRABAJO 1998-1999

Un aspecto importante de las obligaciones asumidas por los Miembros con la firma del Acta de Entendimiento del GAFIC es la necesidad de proteger el bienestar económico, político y social de la región.

Para lograr este objetivo uno de los mecanismos viables es el Programa del GAFIC de Ejercicios Tipológicos, a través del cual se estudia el fenómeno del lavado de dinero, tal y como este se manifiesta, y los métodos, siempre en evolución, que utilizan los lavadores de dinero.

 Durante 1998-1999 se intentó en un inicio llevar a cabo un estudio tipológico sobre las Zonas de Comercio Libre. Debido a la necesidad de contar con más patrocinadores y para que esta iniciativa fuera realmente tan amplia como útil, se decidió transferir la exploración de esta área para el mes de marzo del 2000.

Dada la inmensa preocupación existente se decidió realizar un análisis del Tráfico Ilegal de Armas de Fuego y su Impacto en el Tráfico de Drogas y el Lavado de Dinero en la región.

Este seminario tuvo lugar durante la IX Plenaria en Islas Caimán y fue presidido por Sam Bulgin, Procurador General de las Islas Caimán, en sustitución del Jefe de Justicia Anthony Smellie, también de las Islas Caimán.

Las palabras leídas en nombre del Jefe de Justicia dejaron sentada la tónica de la actividad e inmediatamente se pasó a las presentaciones que hicieran a continuación Grantley Watson, Comisionado de la Policía, Barbados, Bryan Sykes, Vicedirector de Procesamientos Públicos, Jamaica y el Dr. Rafael Sousa, Director Jurídico de Panamá. 

El Vicedirector del GAFIC, Pierre LAPAQUE, dio lectura a las palabras de un Asesor Senior norteamericano, y la intervención del Lic. Damián Santos, Asesor Económico de la República Dominicana, trazó el cuadro del vínculo que existe en su país entre la circulación ampliamente diseminada de sofisticadas armas y municiones ilegales y el tráfico de drogas.

Este Seminario constituyó el primer paso en las discusiones que se sostendrán en los Estados Miembros como un medio para determinar el camino a seguir sobre esta problemática. La Secretaría recopiló las presentaciones y las hizo circular entre todos los Contactos Principales.

Otro tópico que tiene implicaciones importantes para la región es la Iniciativa del G7 sobre la Dañina Competencia Fiscal.

Reunidos en Londres el 9 de mayo de 1998, los Ministros de Finanzas del G-7 acordaron tomar una gran iniciativa dirigida a enfrentar los crecientes problemas que acarrea la dañina competencia fiscal y la evasión de impuestos que esta genera.

La Iniciativa reafirma las recomendaciones de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, referidas a la necesidad de tomar una acción cooperada a nivel internacional que permita el paso de información sobre transacciones que se realizan en los paraísos fiscales y regímenes preferenciales de impuestos a las autoridades fiscales, y complementa al mismo tiempo el Código de Conducta de la Unión Europea sobre Tributación Comercial.

En el contexto de los sistemas internacionales contra el lavado de dinero, la iniciativa intenta detener las posibles debilidades que puedan existir, garantizando que las instituciones financieras reporten sospechas sobre el movimiento de bienes delictivos, crean o no que la actividad delictiva de que se trata es de tipo fiscal.

El IV Consejo recibió un llamado de alerta sobre las implicaciones de esta iniciativa para los Estados Miembros del GAFIC y en consecuencia se confeccionó y discutió un Borrador de Resolución – Ver Anexo. El consenso general se centró en la necesidad de crear un Grupo de Trabajo que estudiara este tema y desarrollara un plan de acción y respuesta conjunta manteniendo el espíritu de cooperación regional.

Los Miembros que conforman este Grupo de Trabajo son Bahamas, Islas Vírgenes Británicas, Islas Caimán, Panamá, Jamaica y la Secretaría, y se manifestó un fuerte criterio de que este tema fuera incluido en el Programa de Trabajo del Presidente para 1998-1999.

La reunión inaugural del Grupo de Trabajo tuvo lugar en las Islas Caimán el 19 de febrero de 1999,  y su Presidente Sam Bulgin, de las Islas Caimán, ofreció un informe completo en la VIII Plenaria. Ver Anexo.

Se expresaron preocupaciones sobre el hecho de que la atención al núcleo central del trabajo del GAFIC, que son los temas que tienen que ver con la problemática del lavado de dinero, se viera desviada a partir de las implicaciones puramente fiscales de esta iniciativa del G-7.

No obstante, debido a que 21 de los países que aparecen en la lista de la OCED sobre Paraísos Fiscales y Regímenes Preferenciales de Impuestos son Estados Miembros del GAFIC, a lo cual se suma que este tema reviste una importancia vital para los Estados Miembros y para la estabilidad económica de la región, la VII Plenaria aprobó el informe del Presidente y emitió el mandato a la Secretaría de que lo enviara a los Jefes de Gobierno de la CARICOM y a un foro similar para los miembros de habla hispana del GAFIC.

Posteriormente, con el fin de lograr esclarecer todos los aspectos de la Iniciativa del G-7, se le solicitó a la Secretaría que organizara reuniones entre los Grupos Directivos del GAFI y el GAFIC, además de una reunión entre el Grupo de Trabajo del GAFIC y el Comité sobre Asuntos Fiscales de la OCED.

La primera reunión no se ha podido organizar todavía, pero la Secretaría sí tuvo éxito en la preparación de un seminario entre el Comité de Asuntos Fiscales de la OCED y Oficiales Senior de los Estados Miembros del GAFIC. Este seminario tuvo lugar el 9 de julio de 1999 en las Islas Caimán, fuera del marco de trabajo de la IX Plenaria del GAFIC. En esta ocasión Jeffrey Owens y Frances Horner ofrecieron una ponencia sobre la naturaleza del trabajo llevado a cabo por la OCED y la manera en que este estaba siendo conceptualizado.

A manera de contrapartida los oficiales senior de los Estados Miembros del GAFIC pudieron expresar sus preocupaciones sobre la forma en que el trabajo de la OCED afectaba a cada uno de sus países, así como las implicaciones para el bienestar económico de la región de la Cuenca del Caribe. La OCED estuvo de acuerdo en participar en un seminario similar en el mes de marzo del 2000 para ofrecer a los Oficiales Senior un Informe de Progreso y compartir con ellos las experiencias adquiridas en todo el proceso.

Las discusiones sostenidas estuvieron caracterizadas por la franqueza y quedó demostrada la inmensa utilidad de las mismas para todos los allí presentes.

En otro frente, la Reunión de los Jefes de Gobierno de los Estados de la CARICOM tuvo lugar a principios de julio y en su agenda, entre los puntos a discutir, estaba el trabajo de la OCED y sus implicaciones para la región.

El Director Ejecutivo del GAFIC, con la amable ayuda ofrecida por la Secretaría General de la CARICOM, pudo dirigirle la palabra a Oficiales Senior y Ministros en la Segunda Reunión Conjunta del Grupo de Acción Intergubernamental sobre Drogas y Ministros Responsables de la Seguridad Nacional, sobre el impacto potencial de la Iniciativa del G-7 para la región. Tras las discusiones allí sostenidas se acordó que el tema debía ser puesto ante los Jefes de Gobierno y así ocurrió.

Teniendo en cuenta las implicaciones de este tópico para toda la región, se ha creado un Comité Asesor de la Política cuya tarea es explorar este tema con mayor profundidad y recomendar al Consejo de la CARICOM sobre Finanzas y Planificación una apropiada estrategia regional a seguir.

La Secretaría se enlazará a la Secretaría General de la CARICOM con el fin de arribar a una posición común y se esforzará por organizar una reunión entre el Comité Asesor de la Política y el Grupo de Trabajo del GAFIC, de manera tal que se pueda adoptar una posición conjunta en respuesta al trabajo de la OCED.

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RELACIONES EXTERNAS

GAFI

Durante este quinto año de operaciones, la estrecha cooperación establecida con el paso del tiempo entre el GAFIC y el GAFI continuó consolidándose.

El Presidente del GAFI, Jun Yokota, manteniendo la tradición establecida, fue invitado a ofrecer un discurso en la IV Reunión del Consejo celebrada en las Islas Caimán el 19 y 20 de noviembre de 1998.

El Presidente Yokota, en línea con el espíritu de ambas organizaciones de mantenerse al tanto de los asuntos respectivos, ofreció una panorámica del Programa de Trabajo del GAFI para el año próximo, abordó el futuro del GAFI y la colaboración entre la organización que preside y el GAFIC.

Sobre esto último el Presidente Yokota confirmó que en enero de 1999 tanto el GAFI como el GAFIC iban a participar en una evaluación de Aruba y las Antillas Neerlandesas, quienes son Miembros del GAFIC pero son, al mismo tiempo, jurisdicciones que forman parte del Reino de los Países Bajos, que es un Miembro del GAFI.

Este ejercicio de evaluación iba a ser realizado por tres examinadores procedentes del GAFI y un examinador experto del GAFIC, que de hecho fue Charles Leacock, Director de Procesamientos Públicos de Barbados.

Haciendo referencia al Programa de Trabajo del entonces entrante Presidente del GAFIC, el Hon. George A. McCarthy O.B.E.  J.P., Secretario Financiero del Gobierno de las Islas Caimán, el Presidente Yokota compartió la importancia del programa de entrenamiento que se proponía para los Examinadores de la Evaluación Mutua del GAFIC, en cuanto a la operación eficiente del Programa de Evaluación Mutua y confirmó, al mismo tiempo, que el GAFI había ganado un gran caudal de experiencia con la realización de dos rondas completas de evaluaciones.

Se extendieron felicitaciones al GAFIC por el logro de importantes resultados en el año anterior y se plasmaron claras evidencias de que la estrecha relación de apoyo y cooperación mutua que existe entre ambas organizaciones continuará manifestándose sin duda alguna.

Manteniendo el espíritu de fomento y profundización de los lazos existentes entre las dos organizaciones, el Presidente del GAFIC, Hon. George A. McCarthy, recibió la invitación para ofrecer un discurso en la XI Plenaria del GAFI, efectuada en Tokyo, Japón, del 28 de junio al 2 de julio de 1999.

El Presidente McCarthy expresó el distinguido honor y placer que representaba para él tener la oportunidad de exponer el progreso alcanzado por el programa contra el lavado de dinero en la región de la cuenca del Caribe.

Haciendo un recuento histórico, el Presidente McCarthy recordó que el GAFIC fue la primera iniciativa regional que realizara el GAFI casi una década atrás, y confirmó el desarrollo de esta organización como un aliado activo y respetado en la batalla internacional contra el tráfico de drogas y el lavado de dinero.

Se hizo referencia a las actividades del GAFIC y los logros alcanzados a través de ellas, con lo cual los delegados allí presentes pudieron contar con mayor información. Entre estas actividades se encuentran:      

(i)   las series de Ejercicios Tipológicos del GAFIC sobre el lavado de dinero tal y como este se manifiesta en la región, los cuales comenzaron en febrero de 1996; y

(ii) el Programa de Evaluación Mutua, el cual estaba marchando según la planificación con siete Informes de Evaluación Mutua sobre Estados Miembros del GAFIC, planificados ya para discutir.

Se hizo mención a la revisión periódica de los Procedimientos de la Evaluación Mutua, de manera tal que se pueda asegurar que el programa funcione con eficiencia y eficacia, y al hecho de que la Secretaría había podido lograr mejoras en la presentación a tiempo de los informes. El Presidente McCarthy subrayó la importancia vital para el éxito del Programa de Evaluación Mutua, del Taller de Entrenamiento del GAFIC para los Examinadores de la Evaluación Mutua, celebrado en Martinica.

Más adelante recalcó las valiosas lecciones aprendidas y la importancia de mantener una estrecha cooperación internacional para combatir con eficiencia el tráfico de drogas y el lavado de dinero.

Se señaló también el apoyo financiero brindado por el Gobierno de Francia, la ayuda administrativa, moral y técnica ofrecida por la Secretaría del GAFI y las presentaciones que hicieran expertos procedentes de los Estados Miembros que pertenecen tanto al GAFI como al GAFIC, todo lo cual redundó en beneficio de los Examinadores del GAFIC.

Otra muestra de cooperación internacional fue ofrecida a través del programa financiado conjuntamente por la Comisión Europea/CARIFORUM, los Estados Unidos y el Reino Unido, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad institucional en la región del GAFIC para combatir el fenómeno del lavado de dinero.

Ya finalizando el Presidente McCarthy reiteró que la causa por la cual lucha el GAFIC es similar a la de innumerables órganos internacionales y gobiernos que están enfrascados en combatir el lavado de dinero, y enfatizó una vez más la importancia de la cooperación internacional. Dejó sentado que el GAFIC estaba preparado para vincularse a otras entidades y órganos una vez que ha logrado avanzar en su vital trabajo y que sus éxitos están más consolidados.

Dicho esto recalcó que el GAFIC y sus gobiernos miembros no han aceptado pasiva y superficialmente, ni aceptarán en el futuro, los problemas que definan o las soluciones que ideen gobiernos que no pertenecen a la región. Cualquier utilidad que tales soluciones parezcan tener, tendrán primero que ser evaluadas por los expertos del Caribe a la luz de las leyes, los hechos y las circunstancias particulares.

 
REUNIONES DEL GRUPO DE DUBLIN

Los Miembros del grupo de Dublin son los Embajadores de Canadá, Francia, Japón, los Países Bajos, la República Federal Alemana, los Estados Unidos, el Reino Unido y representantes del UNDCP y de la Unión Europea acreditados en Trinidad y Tobago y Barbados.

Las reuniones que se efectúan tienen como objetivo discutir y garantizar la coordinación entre las distintas iniciativas en las áreas de la técnica y el entrenamiento en la región.

Manteniendo la tradición que ha reinado desde que se estableciera en Trinidad y Tobago, durante 1998-1999 la Secretaría del GAFIC se ha mantenido asistiendo a estas reuniones, suministrando información sobre los programas que lleva a cabo y las necesidades que confrontan sus Miembros en cuanto a ayuda técnica y entrenamiento.

 
PRESENTACIONES PUBLICAS

Durante el periodo 1998–1999, la Secretaría continuó recibiendo y aceptando varias invitaciones para participar y hacer presentaciones en conferencias organizadas por los Estados Miembros y por organizaciones que pertenecen al sector privado, sobre las iniciativas que se han puesto en práctica para contrarrestar el lavado del dinero procedente del tráfico de drogas y sobre los avances que se han logrado en este sentido en la región del Caribe. Se adjunta una lista completa.

Programa de las Naciones Unidas para el Control de las Drogas

La estrecha relación y el apoyo interactivo que existe entre el GAFIC y el Programa de las Naciones Unidas para el Control de las Drogas (United Nations Drug Control Programme - UNDCP) continuó profundizándose y fortaleciéndose durante 1998-1999, con la celebración de reuniones/discusiones entre el Director Ejecutivo y el Vicedirector del GAFIC y los representantes de la Oficina Regional del Caribe del UNDCP Michael Platzer,  Flavio Mirella y Jean- Luc Lemahieu.

En este momento se está procurando colaboración para efectuar una Conferencia Tipológica que aborde los riesgos que corren las Zonas de Comercio Libre frente al lavado de dinero. La celebración de este ejercicio está planificada para el mes de marzo del 2000 en Puerto España, Trinidad.

Entre el 16 y el 19 de junio de 1999 el Director Ejecutivo participó en un seminario sobre lavado de dinero para los Fiscales de la República Dominicana, en Santo Domingo, actividad que fue organizada por Jean-Francois Thony, de la Oficina de las Naciones Unidas para el Control de las Drogas y la Prevención del Delito (United Nations Office for Drug Control and Crime Prevention - UNODCCP).

Este seminario revistió una gran importancia, ya que demostró el fuerte compromiso del Consejo Nacional de Drogas y de los Fiscales de la República Dominicana de combatir la amenaza del lavado de dinero, al tiempo que abrió el camino para el lanzamiento de un amplio proyecto de la UNODCCP de ayuda judicial. 

Durante el año 2000 el GAFIC organizará, en colaboración con el UNDCP, una gran Conferencia en la región dedicada al Sector de Servicios Financieros Internacionales. Ronald Ranochak, del UNDCP, ha ofrecido, y continuará ofreciendo, su valioso asesoramiento y experiencia para la realización de este proyecto.

 

INTERPOL

Durante el pasado año, FOPAC trabajó con la Secretaría del GAFIC con el propósito de vincularse más aún con el área del Caribe. Con este fin un funcionario del FOPAC participó en cada una de las Plenarias y Sesiones Tipológicas, no solo para estar presente sino también para aportar a la sesión cualquier conocimiento de la INTERPOL que fuera útil. Nos hemos mantenido activos en la promoción de las actividades del GAFIC entre todos los demás Países Miembros de nuestra organización ofreciendo información en el Boletín de FOPAC y mediante referencias directas positivas en todos los encuentros con los medios de divulgación e entrevistas realizadas. Ofrecimos nuestro apoyo al proyecto EUROSHORE, que consiste en un estudio que llevan a cabo tres Universidades europeas centrado en el análisis de las leyes y el trabajo en las jurisdicciones offshore, entre las cuales se encuentran varias jurisdicciones que pertenecen al GAFIC. Nuestra meta era garantizar que estas Universidades contaran con información precisa para su estudio (información que recopilamos a través de los Burós Centrales Nacionales de la INTERPOL) y no que utilizaran únicamente información suministrada por sus propios países europeos. En septiembre el Secretario General solicitó formalmente a todos los Países Miembros de la INTERPOL su apoyo a las 40 recomendaciones del GAFI y a los esfuerzos desplegados por todas las organizaciones regionales dedicadas a luchar contra el lavado de dinero. Por último el Sr. Lapaque, de la Secretaría del GAFIC, fue un ponente clave en la 9na Conferencia Internacional sobre Activos Derivados del Delito, celebrada en la Secretaría General de la INTERPOL en noviembre.

 

OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

En el transcurso de las operaciones desarrolladas durante 1998-1999, el GAFIC continuó fortaleciendo sus lazos con otras organizaciones internacionales que persiguen la misma batalla contra las drogas y el lavado de dinero, y que conservan un historial de asistir a nuestras reuniones como Observadoras, ese es el caso de la CARICOM, el Caribbean Customs Law Enforcement Council, la Secretaría del Commonwealth, la Oficina del Caribe de la Comisión Europea para el Control de las Drogas, el Banco Interamericano de Desarrollo, la INTERPOL y la OEA/CICAD. Con el objetivo de ampliar aún más estos lazos, se han hecho contactos con el Banco de Desarrollo del Caribe y con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas.

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RESUMEN – INFORMES DE EVALUACION MUTUA

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS

San Vicente y las Granadinas está compuesta por más de veinte islas. En 1993 se capturaron aproximadamente 3000 libras de cocaína en locales situados en Glamorgan, en San Vicente y las Granadinas. Este hecho fue sucedido por un juicio en el que se aplicó la sanción de una multa considerable y privación de libertad. No ha ocurrido ningún otra captura de drogas. La cocaína que se detuvo no había sido producida en San Vicente y las Granadinas, esta fue introducida en el país.

La producción de marihuana para la exportación, a pesar de los esfuerzos del gobierno para erradicarla, continúa practicándose en las islas vecinas. El Gobierno se ha empeñado en desarrollar el Turismo y el sector de Servicios Financieros Internacionales como medios para atraer fuentes alternativas de ingresos.

Al tiempo que se reconoce la necesidad de modernizar la legislación referida a los servicios financieros, la política del Gobierno es que el lavado de dinero es intolerable. En el momento en el que se realizó la visita no había sido creado aún la Comisión Nacional Permanente Contra el Lavado de Dinero, ni se había dedicado ningún tipo de recurso, material o humano, a los esfuerzos contra el lavado de dinero.

Esta deficiencia se puso de manifiesto en la falta de colaboración o coordinación entre el Escuadrón de las Drogas, el Departamento de Investigación Criminal, las Aduanas, Ingresos Internos, la Autoridad Monetaria interna y los bancos u otras instituciones financieras.

En el país operan seis bancos comerciales, de los cuales dos son instituciones autóctonas. En el sector doméstico de servicios financieros operan varias compañías de seguros de vida, una sociedad de crédito hipotecario, instituciones de ahorro y préstamos, cooperativas de crédito y remitentes de remesas. Este sector está regulado por el Eastern Caribbean Central Bank (ECCB), quien otorga las licencias conjuntamente con el Ministerio de Finanzas.

En mayo de 1995 el ECCB emitió los Lineamientos Contra el Lavado de Dinero dirigidos a los Bancos que portan licencia. Según estos lineamientos las instituciones financieras deben desarrollar programas contra el lavado de dinero, lo cual generalmente se corresponde con la Recomendación 40 del GAFI en lo referido a la identificación del cliente, el mantenimiento de registros, el reporte de transacciones sospechosas y el establecimiento de políticas y procedimientos internos adecuados.

Si bien estos lineamientos no tienen fuerza legal alguna, sí son bastante efectivos en el sentido de que la industria está consciente de que el incumplimiento con lo que los mismos expresan puede resultar en la aplicación de las regulaciones que existen en virtud de la Ley Bancaria.

Los funcionarios de las sucursales de bancos extranjeros creen que sus políticas corporativas sobre programas internos contra el lavado de dinero sobrepasan los requisitos del ECCB. Por el contrario, el personal de los bancos que pertenecen al Gobierno demostró incertidumbre sobre los requisitos en cuanto al mantenimiento de registros, límites de retención, reglas de identificación del cliente y políticas empresariales internas contra el lavado de dinero.

Las solicitudes para la inscripción de compañías Offshore deben dirigirse a la Autoridad Financiera Offshore (Offshore Finance Authority) a través del Agente Registrador autorizado por dicha Autoridad. En el momento de la visita esta Autoridad contaba con un Inspector de las Finanzas Offshore, el Registrador de Compañías Comerciales y Fideicomisos Internacionales, una Secretaria y un oficinista.

Los Examinadores no recibieron datos sobre las entidades bajo supervisión. Aunque los Agentes Registradores y Licenciatarios han sido informados sobre la importancia de su trabajo y las posibles consecuencias negativas que se pueden derivar de su negligencia, no se han introducido regulaciones sobre la identificación del cliente, el reporte de transacciones grandes/sospechosas o la identificación de los usufructuarios de instituciones que portan licencia.

En el sector de intermediarios financieros no bancarios se pudo constatar la falta de conocimiento sobre la naturaleza del lavado de dinero y los males que este acarrea, y cómo este fenómeno había sido o podría ser conducido en o a través de esta área. Nunca se ha emitido lineamiento alguno al respecto.

El lavado de dinero en sí no constituye un delito, pero las Secciones 21 y 22 de la Ley de Delitos por Tráfico de Drogas, No. 45 de 1993, (Drug Trafficking Offences Act) identifica ciertas actividades delictivas, como ayudar y esconder o transferir, respectivamente, los activos procedentes del tráfico de drogas.

El requisito de intención criminal es que el acusado sabía o creía, de ahí que en el enjuiciamiento se tenga que probar la existencia de un conocimiento real. Se pueden emitir órdenes inhibitorias prohibiendo el manejo de cualquier propiedad realizable en manos de una persona identificada, pero solo con respecto a un procedimiento legal iniciado y en progreso en San Vicente y las Granadinas por un delito de tráfico de drogas, y el tribunal tiene que estar convencido de que el acusado ha recibido beneficios a partir del tráfico de drogas, Secciones 12 y 13.

Los bienes producto del tráfico de drogas pueden ser confiscados sobre la base de una sentencia dictada a un acusado de delito de tráfico de drogas y cuando se ha demostrado que el acusado se benefició a partir de la infracción de los delitos por los cuales recibió la acusación. El tráfico de drogas a estos efectos se refiere a la importación, exportación de la producción, suministro y posesión, para luego distribuir, de drogas controladas.

La Ley se aplica a una propiedad cuando esta está ubicada en San Vicente y las Granadinas o en algún otro lugar, y cuando se trata de su entrada en efecto por o en nombre de otro país designado, el tribunal tiene que inscribir una orden externa de confiscación, si dicha orden es final.

El Tribunal, una vez que el acusado haya sido declarado culpable de haber cometido el delito de tráfico de drogas, puede ordenar la confiscación de cualquier artículo, dinero, o cualquier valor relacionado con tal delito. San Vicente y las Granadinas no tiene un fondo en el que se depositen los activos confiscados.

Según la Ley de Ayuda Legal Mutua en Asuntos Penales, San Vicente y las Granadinas y los países del Commonwealth se pueden prestar ayuda legal mutua. SVG ha ratificado la Convención de Viena, tiene un Tratado de Ayuda Legal Mutua con Venezuela en casos de drogas y concluyó un Tratado de Extradición con los Estados Unidos.

Una solicitud de ayuda legal mutua en asuntos penales puede ser rechazada si la conducta que motiva la solicitud no constituye un delito en SVG, si tiene un carácter político o si encierra obligaciones militares de tipo legal.

La ayuda legal mutua entre SVG y países que no pertenecen al Commonwealth no es posible en virtud de la Ley de Ayuda Legal Mutua en Asuntos Penales. La sección 30 de la Ley indica que las regulaciones pueden hacer entrar en efecto un tratado entre SVG y otro país, y orienta que entonces la Ley se aplicará en relación con dicho país. Donde no hay tratado la Ley no se aplica.

La Ley de Confidencialidad deja sentada la política del Estado de proteger y preservar el carácter confidencial y prevenir la revelación no autorizada de toda la información confidencial. No obstante este tipo de información está a la disposición del Inspector Offshore u otro oficial debidamente autorizado que esté investigando un delito cometido en SVG o que se alega que ha sido cometido dentro de SVG y contra las leyes de este país. Se puede tener acceso también a esta información en respuesta a solicitudes procedentes de autoridades extranjeras y en virtud de la ayuda legal mutua internacional. Con respecto a la posibilidad de compartir información cuando los casos están aún siendo investigados, parece ser que ello podría ocurrir tras el debido proceso judicial.  

La policía Real de SVG está autorizada para manejar casos en los que están involucrados bienes producto del tráfico de drogas. Las investigaciones de estos asuntos caen dentro de la competencia de la sección de confiscación de bienes, cuyo personal está integrado por oficiales entrenados en investigaciones financieras. El Director de Procesamientos Públicos es quien dirige el proceso de investigación.

Las Aduanas de SVG no están muy conscientes de la problemática del lavado de dinero, ya que el eje central de su trabajo es la recopilación de ingresos. A ello se suma que la escasez de recursos impide la existencia de un entrenamiento más amplio.

Los Examinadores tomaron nota de los esfuerzos que despliega SVG para desarrollar un amplio marco de trabajo legislativo para el otorgamiento de licencias, la regulación y la supervisión al sector de Servicios Financieros Internacionales. No obstante se manifestó una necesidad urgente de captar y entrenar el personal apropiado, de manera tal que se pueda garantizar la supervisión eficiente y efectiva del sector, en todo lo cual deben constituir una parte importante e integral, los programas contra el lavado de dinero.

Se tuvo en cuenta también la intención de considerar al lavado de dinero, específicamente, como una figura delictiva, y expandir el rango de delitos predicados más allá del tráfico de drogas a través de la propuesta Ley de Activos Delictivos.

Tanto la Ley de Delitos por Tráfico de Drogas como la Ley sobre Drogas (Prevención y Mal Uso), cumplen con la mayoría de los requisitos establecidos por la Convención de Viena. A pesar de ello, con el fin de lograr una correspondencia con las Recomendaciones del GAFIC, la confiscación debe extenderse más allá de los activos que proceden del tráfico de drogas para alcanzar a los bienes que se han derivado de cualquier delito de lavado de dinero, a lo que deberá unirse la existencia de un fondo designado a los esfuerzos que se despliegan contra el lavado de dinero y contra los narcóticos. En medio de todo esto deben esclarificarse los derechos de terceras partes inocentes afectadas por la confiscación de bienes.

La adherencia a la Convención de Viena en cuanto a las jurisdicciones del Commonwealth, se cumple en su mayor parte con la Ley de Ayuda Mutua en Asuntos Penales, no obstante deben tomarse las provisiones que sean necesarias con respecto a los países que no pertenecen al Commonwealth, y en todos los casos deben traspasar los delitos de tráfico de drogas para abarcar a todos los delitos de lavado de dinero.

Es necesario además revisar la legislación sobre investigaciones en cooperación con otras jurisdicciones, así como el intercambio espontáneo de información sobre transacciones sospechosas con las autoridades extranjeras competentes sobre la base de una solicitud.

Por último se puso de manifiesto la necesidad de establecer una Autoridad Central que se encargue de la cooperación y coordinación internacional en el terreno del lavado de dinero.

 

ANTIGUA y BARBUDA

Este estado compuesto por dos islas gemelas ha sido reconocido, durante varios años, como un punto de transbordo de narcóticos procedentes de Sudamérica y rumbo a los Estados Unidos y Europa. A nivel local se consume marihuana  y crack. Los esfuerzos del Gobierno dirigidos a reducir la demanda y aumentar la conciencia pública se han intensificado.

El ECCB regula todas las actividades bancarias domésticas en sus ocho Estados Miembros, incluyendo a Antigua y Barbuda. Periódicamente se hace una revisión de los bancos y del sistema bancario, y al menos cada 12 meses se efectúan exámenes detallados in-situ. El Ministerio de Finanzas tiene la potestad de otorgar licencias a los bancos domésticos en consulta con el ECCB. 

La responsabilidad general para la regulación del sector financiero offshore fue transferida a la Oficina de la Política Nacional para el Control de las Drogas y del Lavado de Dinero (Office of National Drug and Money Laundering Control Policy), tras las recomendaciones formuladas en 1996. La supervisión diaria es llevada a cabo por la Autoridad de las Corporaciones Internacionales de Negocios (IBC Authority), quien reporta ahora a la Oficina.

Según la Ley de Bienes Delictivos de 1993 (Proceeds of Crime Act 1993) (POCA 1993) y la Ley del Lavado de Dinero (Prevención), de 1996 (The Money Laundering (Prevention) Act 1996) (MLPA 1996), una persona involucrada directa o indirectamente en una transacción con dinero u otra propiedad que se deriva de la infracción de un delito, o que reciba, posea, esconda, disponga de, o traiga a Antigua y Barbuda, dinero o alguna otra propiedad que es el resultado de una acción delictiva, se considerará que está involucrado en lavado de dinero, siempre que dicha persona haya sabido o tenía razones suficientes para saber que el dinero o la propiedad de que se trata era el resultado, había sido obtenida o realizada, directa o indirectamente, de alguna forma de actividad ilegal. La legislación también le exige a las instituciones financieras, entre otros, la retención de documentos relacionados con transacciones financieras por un periodo mínimo de siete años.

La Ley del Lavado de Dinero (Prevención), de 1996, (MLPA 1996) fue aprobada reconociendo la necesidad de fortalecer y modernizar la supervisión y la regulación del sector financiero, y define al lavado de dinero, en buena medida, casi en los mismos términos en que lo hace POCA 1993, tomando provisiones para la prestación de ayuda a otros países. El alcance de esta ayuda incluye el rastreo, captura y confiscación de propiedades conectadas al lavado de dinero.

Con relación a las regulaciones que tienen que ver con el lavado de dinero, el ECCB no ha emitido ninguna regulación que afecte los países que están bajo su jurisdicción. Sin embargo sí emitió, en mayo de 1995, una serie de Lineamientos Contra el Lavado de Dinero para las Instituciones Financieras que ostentan Licencia, los cuales se aplican a todas las instituciones financieras que caen dentro de la supervisión del ECCB, incluyendo algunas Instituciones Financieras No Bancarias. Además de ello, en febrero de 1994, el ECCB emitió las notas del Comité de Basle sobre la Prevención del Uso Delictivo del Sistema Bancario con el objetivo de Lavar Dinero, y en junio de 1997 estableció también un breve Acuerdo para la Prevención del Lavado de Dinero. Se entiende que la adherencia, por parte de los bancos a estos requisitos  forma parte de los procedimientos de los exámenes in-situ que realiza el ECCB. 

Teniendo en cuenta las dificultades experimentadas en el sector offshore, el Gobierno comisionó un grupo de acción para que reportara sobre la Autoridad de las IBC, sobre su organización y funciones, y en particular para que revisara el actual régimen de regulación que rige a las instituciones financieras offshore.

Este Grupo de Acción concluyó que el marco de trabajo de la legislación fundamental es esencialmente correcto y que el Gobierno está empeñado en desarrollar un programa efectivo de prevención del lavado de dinero. Se formularon algunas recomendaciones, entre las cuales se pueden citar: poner en práctica una estructura de trabajo organizativa para la Autoridad de las IBC; implementación de los procedimientos de "Conozca a Su Cliente "; prohibición  de realizar depósitos en efectivo; instauración del requisito de designar oficiales de acatamiento y mejorar la cooperación internacional. El Gobierno aprobó todas las recomendaciones del Grupo de Acción e indicó que las mismas serían puestas en práctica, con las enmiendas que fuera necesario hacer a la legislación, antes de agosto de 1998.

La supervisión de los casinos y de la industria de juegos de azar estaba dirigida hacia la recopilación de ingresos a nombre del Gobierno, sin tener en cuenta el posible uso que los lavadores de dinero pueden hacer de esta industria. En Antigua hay varios servicios de apuestas en Internet, se dice que la mayoría de ellos están ubicados en el área de la Zona de Comercio Libre. Según el Comisionado de la Zona de Comercio Libre y Procesamiento, su departamento estaba aún en la fase de aprendizaje de los aspectos de regulación de la industria de juegos de azar offshore.

Antigua y Barbuda está en el camino para cumplimentar los requisitos básicos de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Narcóticos y Sustancias Psicotrópicas, Convención de Viena de 1988. La Ley del Mal Uso de las Drogas (Enmendada), de 1993 (Misuse of Drugs (Amendment) Act, 1993), define como “Tráfico de Drogas” entrar en, o estar de alguna manera involucrado, en una actividad en la que se retenga o controle por sí mismo, o en nombre de otra persona, los bienes procedentes del tráfico de drogas que ha facilitado dicha persona; o los bienes producto del tráfico de drogas realizado por otra persona son utilizados para garantizar la existencia de fondos de los cuales pueda disponer, o son utilizados para su beneficio para adquirir alguna propiedad como medio de inversión.

La Ley de Bienes Delictivos de 1993, No. 13 de 1993, contiene, en su Segunda Parte, disposiciones para la realización de capturas, confiscaciones y otras órdenes relacionadas, incluyendo una orden de confiscación “in rem” en caso de fuga. La Ley dispone también la prestación de ayuda a otros países referida a rastreo, captura y decomiso de una propiedad conectada al lavado de dinero.

La Ley de Ayuda Mutua en Asuntos Delictivos, de 1993 (Mutual Assistance in Criminal matters Act, 1993) (No.2 de 1993), toma provisiones con relación al esquema de ayuda mutua en asuntos delictivos dentro del Commonwealth y con otros países que no pertenecen al Commonwealth. El alcance de la ayuda incluye obtención de evidencia, búsqueda de artículos o cosas y confiscación si es necesario, rastreo de una propiedad derivada u obtenida por la infracción de delitos graves. Estipula también la prestación de ayuda en las gestiones a realizar para que determinadas personas ofrezcan evidencia en el país que así lo solicite, con carácter recíproco.

La Ley de Extradición de 1993 (Extradition Act, 1993) (No.12 de 1993) establece acuerdos bilaterales para el intercambio de fugitivos en virtud del tratado de Extradición de 1996 entre Antigua y los Estados Unidos de América.

La Fuerza Policial de Antigua y Barbuda es la única responsable de la investigación de los delitos de lavado de dinero y tráfico de drogas, tarea en la que recibe la ayuda del Servicio de Guarda Costa y de la Fuerza de Defensa, con quienes mantiene muy buenas relaciones. No existe ninguna Unidad de Investigaciones Financieras (Financial Investigations Unit - F.I.U), Grupo de Acción o Escuadrón del Fraude para investigar los delitos financieros.

La función principal de la Oficina de la Política Nacional para el Control de las Drogas y del Lavado de Dinero (Office of the National Drug and Money Laundering Control Policy - ONDCP) es coordinar la política del Gobierno sobre las drogas y contra el lavado de dinero. Esta oficina no es una agencia para ejecutar la ley y no cuenta con una Unidad de Investigaciones Financieras o con la experiencia para investigar delitos de lavado de dinero.

El Programa Legislativo emprendido por el Gobierno de Antigua y Barbuda demuestra la presencia de cierto compromiso, por parte del poder Ejecutivo, de enfrentar con agresividad el lavado de dinero. Sin embargo el progreso alcanzado en la implementación adecuada de estas leyes es muy poco o nulo, lo que parece ser es un resultado de la insuficiencia de los recursos disponibles. 

Tendrá que hacerse un énfasis mayor en el entrenamiento especializado de los Oficiales de la Policía de la C.I.D. y de la Unidad de Narcóticos, quienes tendrían a su cargo exclusivamente la conducción de investigaciones financieras. Se espera la llegada de un Oficial del Servicio de Aduanas, procedente del Reino Unido, que permanecerá por un periodo de dos años, lo cual deberá ayudar a palear esta situación.

Se impone que la ONDCP adopte una estrategia claramente definida para que pueda ejecutar con eficiencia el mandato que ha recibido del Gabinete, y que es coordinar la política del Gobierno para contrarrestar el tráfico de drogas y el lavado de dinero. 

Es necesario también que se organice con urgencia un amplio programa de entrenamiento en forma de seminarios, cursos y talleres, dirigido a todos los departamentos, agencias y personal vinculado a esta problemática del lavado de dinero, con el fin de que todos ellos estén mejor preparados para lidiar con el tema del tráfico de drogas y el lavado de dinero. Además se impone abordar las deficiencias que se confrontan en la concesión de licencias y en la supervisión de las instituciones financieras, a lo que deberá unirse la ratificación del Tratado de Ayuda Legal Mutua, Extradición y otros.

 

BERMUDA

En Bermuda ha habido y hay muy poca producción de drogas. Se dice que los traficantes de drogas son, en general, de poca monta, los cuales importan y distribuyen pequeñas cantidades de drogas. El lavado de dinero por los traficantes locales puede implicar la compra de valiosos bienes a nivel local y el uso de correos para exportar cantidades en efectivo a ser depositadas en cuentas en el exterior o para comprar propiedades u otros bienes igualmente valiosos.

En febrero de 1995 el Reino Unido hizo extensiva a Bermuda su ratificación de la Convención de Viena de 1988, y en enero de 1998 entró en vigor la Ley de Bienes Delictivos de 1997 (Proceeds of Crime Act 1997), que se basa en buena medida en la Ley del Tráfico de Drogas del Reino Unido, de 1994 (United Kingdom Drug Trafficking Act 1994),  la cual es aplicable a los bienes procedentes de la infracción de delitos de tráfico de drogas y a otros delitos graves. Las Regulaciones sobre Bienes Delictivos (Lavado de Dinero), de 1998 (Proceeds of Crime (Money Laundering) Regulations 1998), en efecto desde el 30 de enero de 1998, definen el marco de trabajo contra el lavado de dinero para las instituciones reguladas y establecen los procedimientos de identificación, mantenimiento de registros, reporte interno y entrenamiento.

El Comité Nacional Contra el Lavado de Dinero (The National Anti- Money Laundering Committee - NAMLC), creado en 1997, emitió, el 2 de marzo de 1998,  los Lineamientos sobre la Prevención del Lavado de Dinero, con el fin de ayudar a la comunidad financiera a cumplir con la legislación establecida contra el lavado de dinero, ofreciendo los patrones de práctica mínimos, los cuales no tienen  carácter de obligatorio cumplimiento, pero sí pueden ser tomados en cuenta a la hora de evaluar si hay adherencia o no a las Regulaciones sobre Bienes Delictivos (Lavado de Dinero). Los Lineamientos informan a las instituciones financieras sobre los procedimientos de Conozca a Su Cliente, el reconocimiento y reporte de transacciones sospechosas, el mantenimiento de registros y el entrenamiento al personal.

Varias instituciones financieras, reconociendo la necesidad de implementar estos procedimientos de buena práctica, han respondido desarrollando sus propios manuales contra el lavado de dinero, los cuales están diseñados para informar a los empleados sobre la naturaleza y contenido de la legislación contra el lavado de dinero y como esta se relaciona con las políticas y procedimientos de la institución en particular.

La Autoridad Monetaria de Bermuda (Bermuda Monetary Authority) es la responsable de la supervisión, regulación e inspección de las instituciones financieras, y en el desempeño de sus funciones de supervisión contra el lavado de dinero forma parte, como miembro,  del Comité Nacional Contra el Lavado de Dinero (NAMLC).

El Registrador de Compañías (Registrar of Companies), junto con el Comité Asesor de Seguros (Insurance Advisory Committee), juegan un importante papel en la prevención, detección y procesamiento del lavado de dinero.

Los delitos de lavado de dinero de: esconder o transferir los bienes procedentes de una conducta delictiva, ayudar a otro a retener los bienes fruto de un hecho delictivo, y la adquisición, posesión o uso de los bienes que provienen de un acto delictivo fueron creados por las secciones 43, 44, y 45 de la Ley de Bienes Delictivos de 1997. Una conducta delictiva no se refiere únicamente a los bienes que proceden del tráfico de drogas, sino también a los bienes que son el fruto de la infracción de otros delitos igualmente graves.

Las disposiciones legislativas que se corresponden con el Artículo 5.3 de la Convención de Viena existen, y en virtud de ellas se puede obtener información de las instituciones financieras, pese al secreto bancario y otras reglas similares, así como también de otras instituciones y personas, con el fin de ayudar en investigaciones de delitos de tráfico de drogas.

Con respecto a la extradición entre Bermuda y el Reino Unido u otros países o dependencias del Commonwealth, los examinadores fueron remitidos, a manera de referencia, a la Ley de Prófugos de la Justicia (del Reino Unido), de 1967 ( (U.K.) Fugitive Offenders Act 1967), y a la Orden de Prófugos de la Justicia (Bermuda) de 1967 (Fugitive Offenders (Bermuda) Order 1967) (S.I. 1967 No. 1905 enmendada por S.I. 1968 Nos. 292, 1375 y 1696). 

En cuanto a la extradición entre Bermuda y los países que no pertenecen al Commonwealth, los examinadores fueron referidos a la Orden de los Estados Unidos de América (Extradición) de 1976 (United States of America (Extradition) Order 1976) (S.I. 1976 no. 2144), con la cual se aplica a Bermuda el Tratado de Extradición concluido entre el Reino Unido y los E.U. en 1972. La implementación a plenitud del Artículo 6.2 de la Convención de Viena y de la Recomendación 40 del GAFI, según las cuales los delitos de lavado de dinero deben estar sujetos a la extradición, demandará la realización de enmiendas a la legislación.

El Gobierno de Bermuda no tiene autoridad para compartir los bienes que haya confiscado con países que ayudaron en el proceso de decomiso, si bien no hay nada que le impida a Bermuda la aceptación de bienes confiscados procedentes de otros países siempre que no sea en efectivo. Todos los ingresos o dinero, que recaude o reciba el Gobierno o destinados para fines gubernamentales, tienen que ser depositados y formar parte de un Fondo Consolidado.

La Policía de Bermuda es la autoridad competente responsable de recibir e investigar los informes sobre asuntos que tienen que ver con el lavado de dinero, y con el fin de mejorar su capacidad para combatir con eficiencia el fenómeno del lavado de dinero, el Gobierno ha tomado provisiones para la creación de una Unidad de Investigación Financiera. 

El deber principal del Recaudador de las Aduanas de Su Majestad es la protección de los ingresos de Bermuda. La enseñanza sobre las medidas para contrarrestar el lavado de dinero no constituye un aspecto importante dentro de las iniciativas de entrenamiento, ya que el lavado de dinero no era considerado un tema significativo hasta hace relativamente poco tiempo.

Para cumplir con los patrones aceptados a nivel internacional, Bermuda debe establecer un fondo de bienes confiscados destinado a propósitos específicos y permitir, al mismo tiempo, la repartición de dichos fondos cuando se considere apropiado.

El desarrollo de la Unidad de Investigaciones Financieras debe continuar con la asignación de personal suficiente y adecuadamente entrenado, y con el suministro de los equipos necesarios, de manera tal que esta unidad pueda llevar a cabo las funciones de investigación y monitoreo de los asuntos relacionados con el lavado de dinero, propósito para el cual fue creada.

El mantenimiento de un diálogo constante entre los órganos de regulación, las instituciones financieras y los órganos de investigación y procesales, debe jugar un importante papel para mantener al sistema financiero libre de delitos.

La ley en vigor en la actualidad debe ser ampliada, más de lo que lo está ahora, para estipular que los delitos de lavado de dinero estén sujetos a la extradición entre Bermuda y una extensa gama de otros países.

 

SANTA LUCIA

Se cree que Santa Lucía es un país de transbordo, en el que se hacen descargas de cocaína tanto en la costa como mar afuera.  En el momento de la evaluación se habían detenido y confiscado 50 – 60 kgs. de cocaína y tres veces esa misma cantidad pero de marihuana. Aún no se ha podido capturar ningún “marchante de la droga” debido a que los pequeños traficantes no cooperan con las autoridades. Los informes confirman una proliferación del número de armas vinculadas al tráfico de drogas.

El punto de vista que prevalece en Santa Lucía es que el grado que alcanza el lavado de dinero no es significativo. El Ministerio de Finanzas, a pesar de manifestar preocupación por la situación, no considera que el problema haya adquirido proporciones epidémicas. No se ha hecho en Santa Lucía ningún juicio por la infracción de delitos de lavado de dinero. 

No existe una Ley Contra el Lavado de Dinero en sí. No obstante esta problemática se aborda en la Ley de Bienes Delictivos de 1993 (Proceeds of Crimes Act), No. 10 de 1993, la cual crea la figura delictiva de lavado de dinero, y la Ley sobre Drogas (Mal Uso y Prevención) (Drugs (Prevention and Misuse) Act), No. 22 de 1988, la cual define ciertas actividades que comúnmente están asociadas con el lavado de dinero como delito.

Según la Ley de Activos Delictivos una persona que se vincule directa o indirectamente en una transacción que involucre dinero u otra propiedad que es el fruto de un delito, o recibe, posee, esconde, dispone o trae a Santa Lucía dinero u otra propiedad resultado de la infracción de un delito, debe ser considerada como involucrada en lavado de dinero, siempre que dicha persona haya sabido o tenía razones suficiente para haber sabido que el dinero o propiedad era el producto de alguna actividad ilegal.

El Lavado de Dinero en sí no constituye un delito en virtud de la Ley sobre Drogas (Mal Uso y Prevención), No. 22 de 1993, pero define ciertas actividades que comúnmente están asociadas al lavado de dinero como delito. La sección 17 estipula que si una persona entra o de algún modo se vincula a un acuerdo para:

(a)          facilitar la retención o control por o en nombre de otro (llamémosle “A”), de los bienes procedentes del tráfico de drogas cometido por A (ya sea escondiéndolos, o trasladándolos de la jurisdicción, transfiriéndolos a otros representantes o de cualquier otra forma); o   

(b)          los bienes que proceden del tráfico cometido por A son utilizados para garantizar fondos que son puestos a la disposición de A, o son utilizados para el beneficio de A para adquirir propiedades como medio de inversión, sabiendo o sospechando o teniendo razones suficientes para sospechar que A es una persona que ha traficado o trafica con drogas, la persona inicialmente mencionada es considerada culpable de cometer un delito.

La Ley de Extradición, No.12 de 1986, define el “delito de extradición” con respecto a un país que pertenece al Commonwealth o a otro estado al que se aplica la Parte I como un delito, haciendo la salvedad, no obstante, de que dicho delito, de haber sido cometido en Santa Lucía, constituiría un delito descrito en la Lista, o un delito que estaría descrito como tal al hacer referencia a cualquier intención o estado mental por parte de la persona que comete el delito.

 Entre los delitos listados se encuentran, entre otros, casos relacionados con secuestro, soborno, conversión fraudulenta, chantaje o extorsión mediante amenaza o abuso de la autoridad, un delito contra las leyes de quiebra o de la compañía y un delito contra las leyes relacionadas con drogas peligrosas, narcóticos o sustancias psicotrópicas.

Existían en el país, en el momento de la visita, alrededor de siete bancos con licencia y cuatro instituciones no bancarias, con un total de 2,000 compañías inscritas. La supervisión de los bancos es llevada a cabo por el personal encargado de la supervisión en el Eastern Caribbean Central Bank (ECCB), mediante reuniones periódicas y supervisiones in-situ cada 18-24 meses.

Santa Lucía no tiene leyes contra el lavado de dinero y el sistema que se utiliza para custodiar al país frente a esta amenaza está basado en la autorregulación, la Guía del ECCB y la persuasión moral. De la misma forma las instituciones no bancarias en Santa Lucía utilizan también un concepto de autorregulación para enfrentarse al lavado de dinero. Cualquier reporte que hagan las instituciones sobre casos o sospechas de lavado de dinero tiene carácter voluntario. 

Dentro del sistema bancario de Santa Lucía no existe un código de conducta. Las operaciones bancarias en este país no siguen un sistema uniforme o estándar para enfrentar el lavado de dinero. En su lugar, cada institución practica su sistema único de controles, transfiriendo los informes sobre transacciones sospechosas internamente a su Oficina Central, o al Ministerio de Finanzas o al Director de Servicios Financieros.

Se manifestó la necesidad de cultivar una mayor sensibilidad sobre el tema del lavado de dinero, una vez que el sector financiero de Santa Lucía no considera este como un problema importante en el país. La mayoría de las sucursales de bancos extranjeros se guían por sus lineamientos internos sobre lavado de dinero, mientras que las instituciones bancarias locales descansan en los lineamientos del ECCB. En consecuencia no vieron necesidad alguna de fortalecer los sistemas de lavado de dinero que estaban utilizando los bancos.

No se pudo apreciar una uniformidad en los requisitos para el mantenimiento de registros y se reconoció que se podían abrir cuentas sin que hubiera que presentar los documentos de identificación generalmente utilizados, es decir, referencias, pasaportes, etc., o incluso sin tener que estar físicamente presente en el banco. En su lugar el gerente del banco podía, según su parecer, crear una lista de “excepciones”, la cual libera a ciertas personas conocidas de tener que cumplir con los procedimientos y requisitos usuales para operar una cuenta.

El Equipo de Evaluación fue informado por las autoridades de Santa Lucía, que se estaba elaborando el borrador de un Proyecto de Ley sobre lavado de dinero, y que el Gobierno del país estaba comprometido en la lucha contra este terrible mal. El borrador de Proyecto de Ley de Santa Lucía utilizará como modelo el Proyecto de Ley de Barbados.

Dentro de los esfuerzos contra el lavado de dinero la función de velar porque la ley se cumpla es nueva y hasta el momento no se considera como un problema serio. En consecuencia, el método utilizado por la policía ha sido utilizar los recursos humanos que posee en aquellas áreas donde puede lograr una acción positiva. No había una Unidad que estuviera dedicada a las investigaciones y procesamientos judiciales sobre Lavado de Dinero, y no se ha traído ningún caso de lavado de dinero ante el tribunal. Se han procesado unos pocos casos de fraude. El Departamento de la Policía no está preparado para manejar casos en los que la evidencia está relacionada con computadoras y el uso de teléfonos celulares. Las Aduanas están más conscientes de sus responsabilidades con respecto a las drogas que frente al lavado de dinero. No cuentan con equipos de radar ni con unidad canina.  

El conocimiento sobre los temas de lavado de dinero en el Departamento del Director de Procesamientos Públicos es bastante limitado y la Ley de Bienes Delictivos nunca ha sido puesta a prueba por parte de dicho Director. Es evidente que el Departamento necesita personal y el recibo del entrenamiento adecuado con relación a las responsabilidades que le corresponden en virtud de la legislación sobre el lavado de dinero y los servicios financieros offshore.

Santa Lucía no cuenta en este momento con los recursos humanos o financieros que necesita para satisfacer las necesidades de tipo legislativo, estructural y físico que confronta, de ahí que surgiera la preocupación de que si Santa Lucía continúa llevando adelante su sector de servicios financieros offshore sin haber logrado mejorar sus recursos de manera sustancial, su capacidad para regular este sector se verá seriamente afectada.

 

JAMAICA

Jamaica arrastra un serio problema con las drogas y es considerada el más grande productor y exportador de marihuana. En la isla no se produce cocaína, pero su ubicación geográfica facilita el uso del país como un importante punto de tránsito. El manejo de drogas ilegales constituye un delito en Jamaica desde hace mucho tiempo y la creación de esta figura delictiva con la Ley de Drogas Peligrosas de 1948 (Dangerous Drugs Act of 1948) precede incluso a la Convención de Viena. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley están enfrascados en un trabajo comunitario que incluye escuelas y público en general con el objetivo de impartir enseñanzas sobre la prevención del delito y las consecuencias que acarrea la vinculación a actividades delictivas.

Mientras el Banco de Jamaica (Bank of Jamaica) y otros funcionarios de la industria financiera consideran que el lavado de dinero no constituye una seria amenaza en el país, tanto el Ministro de Justicia y Seguridad Nacional como el Ministro de Finanzas reiteraron el firme compromiso del Gobierno de Jamaica de cumplir con las obligaciones internacionales adquiridas en el combate contra el tráfico de drogas y el lavado de dinero y en la prevención del uso del sistema bancario y las instituciones financieras por los criminales.

Según la Ley sobre el Lavado de Dinero (Money Laundering Act), se comete un delito de lavado de dinero cuando una persona se involucra en una transacción que vincula a una propiedad que es el fruto de la infracción de un delito especificado, o adquiere, posee, utiliza, esconde, disfraza, dispone o trae a Jamaica cualquier propiedad de este tipo, o convierte o transfiere dicha propiedad o la retira de Jamaica, sabiendo, tal persona, que en el momento en el que entró en dicha transacción, la propiedad se derivaba o constituía el resultado, directo o indirecto, de la infracción de un delito especificado.

La Ley impone la obligación a las instituciones financieras de reportar al Di